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Fecha: Miercoles 8 de de 2017

A partir del próximo jueves, día 9 de marzo, se inician los trámites de Solicitud de Pago Básico (subvención).

Recuerde que en el momento de tramitar su solicitud debe comunicar cualquier cambio que se haya producido tanto en sus parcelas (alta o baja) como en sus datos personales (cambio de domicilio o teléfono, número de cuenta bancario, cambio del estado civil, etc.) con objeto de declarar la realidad tanto de la explotación agraria como del solicitante. Los afectados por expropiaciones (autovía, balsas de riego, etc.) deben traer marcada la zona afectada por la expropiación para dar de baja estos olivos y evitar así posibles sanciones por declaraciones de zonas improductivas.

 

Antes de cumplimentar la documentación deben solicitar cita en las oficinas de la cooperativa pidiendo un número para cada solicitud que vaya a tramitar. Debido a la complejidad del sistema y a que la Consejería de Agricultura aún no ha convocado algunas de las ayudas que pueden solicitarse, hemos confeccionado un calendario de atención dependiendo de las ayudas que cada uno vaya a solicitar. Rogamos su colaboración para realizar el proceso de la forma más eficaz:

 

Del 7 de marzo al 31 de Marzo: Solicitudes de Pequeños Agricultores y Solicitantes sólo de Pago Básico.

Del 1 de Abril al 16 de Abril: Solicitantes de Pago Básico y Medida 13 (Zonas desfavorecidas de Montaña)

Del 17 de Abril al 30 de Abril: Solicitantes de Pago Básico y Agroambiental (API) y Solicitantes que sean Comunidades de Bienes, Comunidades Hereditarias, SAT y Personas Jurídicas.

 

Si ha realizado algún cambio en esta campaña y aún no ha realizado la cesión de derechos de pago básico (compraventa, arrendamiento, finalización de arrendamiento, herencia, cambio de denominación, etc.) rogamos lo comuniquen lo antes posible y traigan la documentación que lo acredite.

 

Documentación obligatoria que deben aportar:

  • DNI en vigor del solicitante (no puede estar caducado).
  • Si desean cambiar la domiciliación bancaria deben aportar certificado de número de cuenta original, sellado y firmado.
  • Los nuevos solicitantes deben aportar certificado de número de cuenta bancario y los datos de su cónyuge.
  • Las sociedades, comunidades de bienes y las SAT deben recoger previamente en la cooperativa un documento que tienen que traer relleno con datos de la Sociedad y de los ingresos agrarios. Es imprescindible este documento sellado y firmado.

Tal como informábamos en años anteriores, la nueva normativa excluye para el año 2017 a los perceptores que reciban menos de 300 euros. Además, todos los solicitantes que pertenezcan al grupo de pequeños agricultores en caso de no querer pertenecer a este Régimen o haber hecho alguna cesión de derechos deben solicitar su renuncia al mismo.

 

Les recordamos que el cobro de ayudas está condicionado al cumplimiento de la Normativa vigente especialmente en lo que se refiere a las normas de Agricultor Activo (el solicitante de ayudas tienen que tener ingresos agrarios siendo éstos al menos 20% de sus ingresos agrarios totales) y Condicionalidad de las Ayudas (libro de tratamiento de productos fitosanitarios, mantenimiento de cubierta vegetal en las parcelas con pendiente igual o superior al 15%, prohibición de arranque de olivos en parcelas con pendiente igual o superior al 15%, mantener los olivos en buen estado vegetativo, etc..).