Utilizamos cookies propias y de terceros (Google), con finalidades analíticas y otras imprescindibles para la navegación. Puede Aceptar el tratamiento, Rechazarlo u obtener Más Información.
Logotipo SCA Nuestra Señora del Pilar
Si es socio, para ver todas las noticias, acceda con su usuario y contraseña.
Fecha: Viernes 1 de de 2016

A partir del próximo lunes, día 4 de abril, se inician los trámites de Solicitud de Pago Básico (nuevo sistema de subvención) finalizando el 15 de mayo.

El retraso en el comienzo de la tramitación ha sido motivado por los fallos de la aplicación informática facilitada por la Consejería de Agricultura y a la tardanza en la publicación tanto de la asignación definitiva de derechos de pago básico como de la normativa. Además, la Consejería de Agricultura anuncia que va a convocar una nueva ayuda (que sustituye a la indemnización por zonas desfavorecidas y de montaña) a la que tendrían acceso los agricultores que coticen en el Régimen Agrario. A la espera de conocer realmente los requisitos de esta ayuda, rogamos que todos aquellos agricultores que coticen a la Seguridad Social en el Régimen Agrario esperen y soliciten cita a partir del 15 de abril.

La nueva normativa excluye en el año 2016 a los perceptores que reciban menos de 200 euros y en el año 2017 a los perceptores de menos de 300 euros. Además, todos los agricultores con importes de subvención inferior a 1250 euros están incluidos en el Régimen Simplificado de Pequeños Agricultores y en caso de no querer pertenecer a este Régimen deben solicitar la renuncia al mismo.

 Documentación obligatoria que debe aportar: 

  • DNI en vigor del solicitante (no puede estar caducado).

(Es muy importante que se aporte también, en este momento, el DNI de quienes figuren como cotitulares y autorizados en las cuentas de la Sección de Crédito para cumplimentar otros trámites ajenos a las ayudas en curso)

  • Los nuevos solicitantes deben aportar certificado de número de cuenta bancario y los datos de su cónyuge.
  • Las sociedades, comunidades de bienes y las SAT deben aportar:

-        Documento de constitución de la sociedad o comunidad de bienes y CIF

-        Documentación que acredite la representación legal y DNI del representante legal.

-        Modelo 184 de los años 2013, 2014 y 2015 (Comunidades de Bienes).

 

Para poder realizar la solicitud de Pago Básico (subvención) en la cooperativa es necesario que la domiciliación bancaria sea con alguna de las entidades con las que la cooperativa mantiene acuerdo de colaboración, entendiendo que al ofrecer un número importante de ellas no debe suponer dificultad para su elección:

  • Caja Rural de Jaén.
  • Banco Santander Central Hispano.
  • Unicaja
  • La Caixa.
  • BMN-Caja de Granada.

Recuerde que en el momento de tramitar su solicitud debe comunicar cualquier cambio que se haya producido tanto en sus parcelas como en sus datos personales con objeto de declarar la realidad tanto de la explotación agraria como del solicitante. Los afectados por expropiaciones (autovía, balsas de riego, etc.) deben comunicarlo para dar de baja estos olivos y evitar así posibles sanciones por declaración de zonas improductivas.

 Antes de cumplimentar la documentación debe solicitar cita en las oficinas de la cooperativa pidiendo un número para cada solicitud que vaya a tramitar. Como hemos indicado anteriormente, los agricultores que coticen en el Régimen Agrario deben esperar al 15 de abril por lo que empezaremos primero con los socios jubilados o que coticen en el Régimen General.